La Constitución alemana de 11 de agosto de 1919, más conocida como Constitución de Weimar, de cuya aprobación se cumplen noventa años, encierra una enorme paradoja ya que si de una parte fracasó en su propio país como consecuencia de la incapacidad de las fuerzas sociales para hacer de sus instituciones y normas centro de referencia de la vida política, de otra ha venido actuando como modelo a imitar en el «segundo momento» del constitucionalismo democrático, identificado con los valores y principios del Estado social de Derecho.
Índice
LECCIONES DE WEIMAR, por Juan Antonio García Amado
LA CONSTITUCIÓN DE WEIMAR
I. EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE WEIMAR, por Walter Jellinek (1930)
II. TEXTO DE LA CONSTITUCIÓN ALEMANA DE AGOSTO DE 1919 Y COMENTARIO SISTEMÁTICO A SUS PRECEPTOS, por Ottmar Bühler [1922, (3.ª ed., 1929)]
III. UNA VALORACIÓN DE CONJUNTO SOBRE LA EXPERIENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE WEIMAR, por Costantino Mortati (1946)
Comparte este libro
Sinopsis
La Constitución alemana de 11 de agosto de 1919, más conocida como Constitución de Weimar, de cuya aprobación se cumplen noventa años, encierra una enorme paradoja ya que si de una parte fracasó en su propio país como consecuencia de la incapacidad de las fuerzas sociales para hacer de sus instituciones y normas centro de referencia de la vida política, de otra ha venido actuando como modelo a imitar en el «segundo momento» del constitucionalismo democrático, identificado con los valores y principios del Estado social de Derecho. Ello explica que sin bien el régimen de Weimar terminó claudicando con escasa gloria en 1933, ante la presión de los enemigos nacionalsocialistas -concertados en enrevesada coincidencia de intereses con sus adversarios comunistas-, su concreta forma de entender la política y de escribir la Constitución haya llegado a convertirse en paradigma del constitucionalismo democrático, vigente hasta la crisis de la concepción moderna de la política a que hoy asistimos. Con el doble objetivo de conmemorar Weimar, y poner a disposición del lector de habla castellana un texto que anticipa las instituciones y soluciones técnicas a los problemas jurídicos de lo que hasta ahora era constitucionalismo democrático, Tecnos publica este libro en su colección «Clásicos del Pensamiento» en la que también han aparecido las obras de los grandes autores que vivieron a la sombra de Weimar, Carl Schmitt y Hans Kelsen.
Colección
Clásicos del Pensamiento
Código
1229786
I.S.B.N.
978-84-309-7778-9
Publicación
17/10/2019
Número de edición
2
Clasificación IBIC
JPQ
Formato
Papel
Páginas
376
Autor
Ottmar Bühler
OTTMAN BHÜLER (1884-1965) fue catedrático de Derecho público en Munster, trabajó en los ámbitos del Derecho constitucional, y especialmente del Derecho financiero donde llegó a ser una autoridad habitualmente llamada a consulta por el Gobierno alemán. Fruto de esta segunda especialización fueron, entre otras, su obra Principios de Derecho internacional tributario (traducción española de 1968) y de la primera este Manual de Derecho constitucional publicado originalmente en 1922 y cuya tercera edición de 1929 es la versión que aquí se recoge. En la forma de trabajar desde la que se construye este libro se evidencia de manera muy clara el tránsito de la vieja dogmática del Estado al nuevo comentario constitucional.
WALTER JELLINEK (1885-1995): Hijo del famoso teórico del Estado de Heildelberg Georg Jellinek, continuó la tarea de su padre dedicándose con preferencia al cultivo del Derecho administrativo en las universidades de Kiel y Heildelberg, de la que llego a ser rector electo en 1932. Depurado de la cátedra como otros tantos profesores hebreos, reanudo su carrera en 1945. Entre sus trabajos destacan: Gesetz, Gesetzanwendung und Zweckmässigkeitserwägung (1913), Verwaltungsrecht (1928) y los trabajos que ahora se incluyen en este libro, traducidos por primera vez al castellano, recogidos originalmente en el primer tomo del célebre Handbuch des deutschen Staatsrechts (1930) dirigido por Anschütz y Thoma.
COSTANTINO MORTATI (1891-1985) fue uno de los grandes juristas que participaron en la Asamblea que elaboró la Constitución Italiana de 1947 -en este caso desde las filas de la democracia cristiana-, y de la que también se sentaron Calamandrei o el propio Víctor Manuel Orlando. Catedrático de Derecho constitucional en las universidades de Mesina, Macerata, Nápoles y La Sapienza de Roma, y vicepresidente de la Corte Constitucional, es considerado uno de los autores de referencia fundadores de la iuspublicistica italiana de la Primera República. Entre sus obras cabe mencionar: La Costitucione in senso material (1940), Corso di Istituzione di Diritto Pubblico (1949), así como de la voz Costituzione dello Stato (1962) en la Enciclopedia del Diritto.